Cinco años del Convenio Colectivo de Trabajo de la Docencia Universitaria y Preuniversitaria

(Por Claudia Baigorria, Secretaria Adjunta de CONADU HISTÓRICA/CTAA) Este 2 de Julio se cumplieron 5 años desde que fuera promulgado el Convenio Colectivo de Trabajo de la Docencia Universitaria y Preuniversitaria (Decreto PEN 1246/15), alcanzando de esta manera una conquista histórica.  Convenio que, de acuerdo al proceso de lucha que nos dimos junto a todas las Asociaciones de Base, terminó siendo nacional, único y obligatorio; tres condiciones muy preciadas conquistadas pese a las presiones de algunas patronales universitarias de pretendieron privilegiar los estatutos por sobre los derechos laborales enunciados en los 75 artículos, dedicados a la docencia universitaria, y el Anexo 1, dedicado a la docencia preuniversitaria.

Antecedentes

Nuestro convenio comenzó a gestarse 20 años atrás con el objetivo de regular la caótica e incierta relación laboral que imperaba entre las y los trabajadores docentes y las instituciones universitarias, allá por los años 90. Veníamos sin un marco regulatorio como trabajadores del Estado, que tuvimos que esperar casi 50 años para que se sancione la primera ley de negociación colectiva que reconociera el derecho constitucional a concertar convenciones colectivas de trabajo. Fue en 1991 que la ley N° 23929 estableció las primeras reglas para la negociación colectiva de las y los docentes; y luego, en 1995, logramos el decreto N° 1007/95 que instauraba las pautas para la negociación colectiva en las Universidades, estableciendo que se debía crear una comisión negociadora a nivel general y también en el nivel particular. En ese mismo año a su vez, el gobierno menemista lograba reunir los votos en el Congreso para imponer la Ley de Educación Superior N° 24521, en medio de un clima de enormes protestas y movilizaciones de la comunidad universitaria que rechazaba la ley. La LES vino a instalar – entre otros aspectos de sesgo neoliberal – la facultad de que cada Universidad pueda definir su propio régimen de contratación del personal docente y no docente, además de fijar las escalas salariales habilitante así la «descentralización salarial» que tanto habíamos resistido. La LES habilitó la profundización de la precarización laboral y salarial de la docencia en todos los niveles, por lo que desde la federación y los sindicatos de base nos dimos un proceso de organización y de lucha que obligó al gobierno de Menem y a los rectores del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) a convocar a la Paritaria Nacional.

Si bien habíamos sido  muy críticos del decreto 1007/95 porque desdoblaba la discusión en los niveles nacional y local, resignando además la negociación de la docencia preuniversitaria al nivel particular, entendimos que era imperioso buscar algún espacio ordenador de la atomización laboral y salarial que las políticas neoliberales habían provocado. Y fue entonces que impulsamos el plan de lucha por paritarias para discutir el convenio colectivo de trabajo.

En 1996 se iniciaba el proceso de paritarias particulares y la nacional, al tiempo que continuábamos la lucha por la derogación de la LES y por aumento salarial y del presupuesto universitario. En septiembre de 1998 firmábamos con el CIN y el Ministerio de Educación de la Nación el primer acuerdo paritario nacional que diera inicio a nuestro Convenio Colectivo de Trabajo. El acuerdo fue homologado por Dec. PEN N° 1470/98 y definía las funciones y obligaciones docentes, categorías y dedicaciones horarias, régimen de incompatibilidades, perfeccionamiento docente, entre otros puntos. A pesar de ser entonces una única Federación a nivel nacional, no logramos la correlación de fuerzas necesaria para incorporar la carrera docente y el pase a planta de la docencia interina. Pero fue el puntapié inicial de nuestro CCT, que llegaría muchos años después.

El CCT y la autonomía universitaria

Fue muy largo el debate entre si la prioridad era la autonomía universitaria o el Convenio Colectivo de Trabajo consagrado como ley una vez publicado en el Boletín Oficial de la Nación. Hubo que hacer un gran trabajo de discusiones con autoridades universitarias, pero también un fuerte debate interno, con nuestros propios compañeros y compañeras docentes que seguían sosteniendo al concurso periódico como mecanismo idóneo para la permanencia en el cargo. Los pilares de la Reforma Universitaria «autonomía», «periodicidad de cátedra», «excelencia», fueron utilizados por rectores, decanos y muchas agrupaciones estudiantiles, para negarnos el derecho a la carrera docente y a la estabilidad laboral. Las y los docentes no éramos reconocidos como trabajadores y trabajadoras ni tampoco nuestro derecho a negociar colectivamente las condiciones de la relación laboral con la Universidad.

Sin dudas, más allá de la defensa de la autonomía, lo que las autoridades no querían resignar era el privilegio de seguir manejando las designaciones docentes de manera discrecional, digitando muchas veces los concursos con fines meramente electorales y políticos, en detrimento de la gran mayoría de la docencia que poseía interinatos a perpetuidad. Esto se vio con claridad al momento de la firma del CCT en abril de 2014, luego de años de lucha y negociación, logramos sellar el acta acuerdo conteniendo el articulado del CCT. Sin embargo en junio del mismo año, muchísimas autoridades universitarias pusieron a la vista su rol patronal ya que en aquel entonces, de 48 Universidades Nacionales, 34 de ellas presentaron ante el Ministerio de Trabajo sus “reservas” contra determinados capítulos del CCT por contrariar los estatutos universitarios. Una vez más, pretendían vulnerar derechos en nombre de la autonomía universitaria. Reservas que fueron repudiadas por las organizaciones gremiales y desestimadas por la cartera laboral, entendiendo que ya había un acuerdo de partes. La UBA (la Universidad más grande y más flexibilidad del país) directamente renunció a integrar la personería del CIN, desconociendo ilegalmente la totalidad del CCT.

Tras más de un año desde la firma, el 2 de julio de 2015 se publicó en el Boletín Oficial nuestro primer Convenio Colectivo de Trabajo. Sin reservas. Un triunfo de la lucha de nuestra federación y sus asociaciones de base, en articulación con las otras federaciones y asociaciones.

Un piso de derechos

El CCT establece un piso de derechos muy importante, que tiene su punto más relevante en la ultractividad y en el establecimiento de la carrera docente, confrontando con la vigencia del concurso periódico que históricamente operó como mecanismo de evaluación, disciplinamiento y control de las y los trabajadores docentes cuya permanencia en el cargo dependía de una clase ante un jurado designado por la patronal.

Como toda norma que rige por vez primera, su punto más sensible son las cláusulas transitorias. El gran paso fue haber incorporado la regularización de las y los docentes interinos (más del 70% de la planta total del sistema) con las condiciones que establezca cada paritaria particular y con la presencia de un veedor gremial.

El CCT impactó sobre los sectores más precarizados de la planta docente (interinos, aunque también impactó en contratados y as honorem) que hasta entonces permanecía de manera interina sin haber tenido jamás un concurso, muchos de ellos con más de 20 años de antigüedad o jubilándose incluso como interinos. A partir de toda la lucha que dieron nuestros gremios de base cuando asumieron la importancia de regularizar las plantas docentes verdaderamente desde la CONADU Histórica podemos mostrar con orgullo que todos nuestros gremios dieron esta pelea y que en la mayoría de las Universidades dónde nuestra Federación tiene presencia, las y los docentes hoy cuentan con prerrogativa de la estabilidad otorgada a través del convenio. Luego tenemos temas como categorías, dedicación horaria, carácter de las designaciones, régimen de incompatibilidades, régimen de licencias por maternidad, paternidad, postmaternidad para toda la docencia, independientemente del carácter de su designación, etc.

Valoramos como grandes triunfos el contar con una remuneración única a nivel nacional y discutir los salarios para todo el país en una negociación centralizada con nuestra empleadora. Esto nos diferencia de otras áreas del empleo público y de la docencia. También la incorporación del nomenclador nacional docente universitario y el preuniversitario.

No bajar los brazos

La pelea sigue siendo la aplicación efectiva del CCT en todas las Universidades Nacionales. Primero en la Universidad Nacional de Buenos Aires, que es la más grande y precarizada del país (recordar que en el año 2014 se retiró de la personería del CIN a los efectos de la aplicación del CCT), pero también en las «más nuevas» como las del Conurbano Bonaerense y otras, que son las que más incumplen con la aplicación del CCT.

Nuestro desafío es que además – no pudiendo modificar por ahora algunos artículos del CCT que sería necesario revisar – podamos introducir una mirada de género en su aplicación, en especial en lo concerniente a la erradicación de todo tipo de violencia y discriminación, y buscando romper el «techo de cristal» en la distribución de cargos por jerarquía, dónde los más altos en la carrera docente y en la estructura política de las Universidades Nacionales, siguen ocuoados por varones.

En esta etapa de pandemia que atraviesa toda la humanidad, en particular como trabajadores universitarios/as nuestros derechos laborales se han visto violentados, incluso cuestiones establecidas en nuestro CCT fueron vulneradas en el acta que firmaron con el gobierno nacional y el CIN con las restantes federaciones; sobre todo en lo que hace al suministro de las herramientas y los insumos para que la docencia pueda realizar las tareas habituales desde sus hogares. Estamos convirtiendo nuestras casas en aulas, sin que el gobierno nacional y las autoridades universitarias  reconozcan este esfuerzo. Y tampoco se contemplan las licencias que han sido establecidas por decreto de la propia presidencia. A ello sumamos el atraso salarial y ahora el pago fraccionado del medio aguinaldo.

Hoy estamos exigiendo que se respete nuestro Convenio Colectivo de Trabajo, se convoque de manera urgente a la paritaria salarial para discutir una recomposición para recuperar la pérdida por inflación. Rechazamos el pago en cuotas del aguinaldo. Reclamamos mejores condiciones de trabajo en virtualidad y la necesaria restitución de gastos ocasionados por tareas de docencia remota.

Hoy somos quienes permitimos el acceso a la Educación Superior a casi 1,8 millones de jóvenes. Lo hacemos a partir de qué seguimos cumpliendo con nuestro trabajo desde nuestros hogares, mientras las Universidades Nacionales permanecen cerradas.

Por ello afirmamos que es injusto que el ajuste lo sigamos pagando las y los trabajadores, mientras quienes se han enriquecido obscenamente no aportan ante tamaña crisis. No vamos a permitir que esta pandemia arrase con los derechos conquistados.