ARDU celebra la firma del Acta Paritaria Particular 2020

La Comisión Directiva de ARDU, anuncia al conjunto de la comunidad universitaria y en especial
sus afiliados y afiliadas que este 27 de mayo, fue firmada por nuestro gremio de base de
CONADU Histórica, el Acta Acuerdo de Paritaria Docente, de carácter local.
El pasado lunes 18, solicitamos al rector de la UNLaR, Licenciado Fabián Calderón y sin más
dilación, tras las recientes actuaciones de nuestra Federación ante el CIN y después analizar y
debatir en la Comisión Directiva y consultar a las y los afiliados sobre la situación de las y los
Docentes de los Niveles Universitario y Preuniversitario de la Universidad Nacional de La Rioja,
en un difícil e inédito escenario de emergencia sanitaria a causa de la pandemia por el COVID19, que forzó a todo el sistema educativo a virtualizar las actividades de enseñanza a partir del
Aislamiento Social Preventivo Obligatorio decretado por el gobierno nacional, advertimos la
urgencia del abordaje de la situación laboral en el contexto de la paritaria local, para que las
definiciones de nuestra situación laboral se decida de manera consensuada y no de modo
unilateral.
El viernes 22, comenzó la primera reunión paritaria, en la que demandamos diez puntos clave
para el trabajo en la modalidad virtual de excepción y la regulación de las condiciones y
ambiente de trabajo al momento del retorno a la presencialidad. Este miércoles, luego de arduas
negociaciones, decidimos firmar el acta acuerdo, porque todos los ítems reclamados están
contenidos en este convenio de partes y se exponen a continuación:
A) Defínase como PERIODO EXCEPCIONAL, PROVISORIO Y DE CRISIS COVID-19 como el período
que inicia el día 20 de marzo del 2020 al momento de decretarse el ASPO (aislamiento social,
preventivo y obligatorio), mediante DNU N° 297/20, en virtud de la pandemia originada por el
COVID-19 y que culminará cuando normativas nacionales así lo establezcan, durante el cual se
producirán diálogos en esta paritaria particular abierta de manera permanente, en conjunto
con la mesa de trabajo sectorial que posibilite la solución a situaciones expresadas por el
colectivo docente y que requieran definiciones acordes en procura de salvaguardar derechos
laborales de los y las trabajadores/as docentes y en relación a protocolos emanados de
autoridades sanitarias y educativas nacionales competentes.
B) RECONOCER y valorar el conjunto de experiencias educativas generadas en las aulas virtuales
y otros medios o recursos tecnológicos que cada docente va desarrollando desde el inicio de la
pandemia, a través del Informe final de Cátedra, al culminar el cuatrimestre o el año para
materias anuales, o según sus asignaturas, dentro de lo previsto en la Ordenanza CS N° 171/19.
El contenido de dicho informe debiera reflejar lo vivido y experimentado en la enseñanza
mediada por tecnologías y constituir para las Direcciones de Carreras y Unidades Académicas,
un insumo valioso para planificar los pasos a seguir y fortalecer a cada aula y a cada una de las
actividades docentes. Cada Unidad Académica otorgará, junto con la aprobación del Informe de
Cátedra, un RECONOCIMIENTO a cada docente de la cátedra que ha cumplimentado diferentes
actividades académicas mediadas por las tecnologías de la información y la comunicación, a
través de un conjunto de estrategias y prácticas desarrolladas en el proceso de mediación de
contenidos a distancia o virtual durante este período de excepcionalidad.
C) NO OBLIGAR A LOS Y LAS DOCENTES a realizar las actividades de investigación y extensión
durante el corriente año académico.
En el Informe de Cátedra referido en el punto anterior, se tendrán por exceptuadas las
exigencias previstas en el Régimen General de Carrera Docente vigente Ord.171/19 de extensión
y de investigación.
Sin perjuicio de ello, desde las Unidades Académicas se alentará y acompañará a aquellos
docentes que en el marco de la excepcionalidad provocada por el ASPO puedan llevar adelante
sus proyectos de investigación y extensión.
D) SUSPENDER los plazos, por el presente año académico 2020 (de marzo 2020 a marzo 2021
según normativa vigente) de las Evaluaciones del Desempeño Docente, dada la imposibilidad de
poder cumplir con las actividades de investigación y extensión, según marca el Régimen General
de Carrera Docente vigente Ordenanza CS N° 171/19, artículos 14, 15 y concordantes, y tareas
administrativas necesarias para tal fin. Esto significa no contabilizar el presente año académico
dentro del periodo determinado para las evaluaciones de la carrera docente de la UNLaR, dado
que se considerará al presente como periodo excepcional, de contingencia, provisorio y de crisis
por la pandemia COVID-19.
E) Las partes acuerdan elevar al Consejo Superior la decisión de los gremios docentes de no
tomar exámenes finales de asignaturas mientras se mantengan las condiciones de
excepcionalidad que impidan garantizar los derechos laborales y las condiciones de ambiente y
trabajo de los y las docentes de la UNLaR.
F) Las partes acuerdan un trabajo conjunto en el marco de medidas de excepcionalidad y de
garantías de los derechos docentes que permitan: a) Asegurar niveles básicos de calidad en la
formación, b) Facilitar la terminalidad de estudios a quienes estén en la instancia de defensa de
trabajo final en su carrera, c) Sugerir a las Unidades Académicas la generación de instancias de
recuperación para aquellos estudiantes que manifestaron y/o manifiestan dificultades en este
proceso virtual de excepcionalidad promoviendo la obtención de la regularidad.
G) Constitúyase en un plazo no mayor a 15 días, en el ámbito de la Universidad, la Comisión de
Condiciones y Ambiente de Trabajo de Nivel Particular (Art. 58 CCT), conformada por
representantes de los sindicatos docentes y la Universidad, atento a la necesidad de readecuar
la infraestructura y la accesibilidad en la instancia de liberación progresiva del aislamiento social
y obligatorio a fin de garantizar primariamente las Condiciones y Ambiente de trabajo necesarias
para la vuelta a los tramos presenciales. Conformado por el organismo pertinente de UNLaR y
un miembro por cada sindicato, sin perjuicio de los consultores y asesores que resulten
menester.
H) Promover una agenda conjunta de seminarios, cursos y talleres destinados a la formación y
actualización pedagógica, tecnológica y comunicacional de los docentes en entornos virtuales
de aprendizaje.
I) Se eleva pedido a la Universidad para gestionar fondos FONID.
J) Se acuerda retomar la mesa paritaria en un plazo no mayor a quince días para abordar temas
relacionados a situación de docentes e investigadores interinos y situación en el Colegio
Preuniversitario Gral. San Martín: ciudadanía universitaria, condiciones de ingreso y egreso en
la carrera docente y demás temas.
Desde ARDU, celebramos este paso en la larga y sostenida lucha por la defensa de los derechos
laborales y salariales de las y los docentes y renovamos nuestro compromiso de continuar en la
instancia de negociaciones, con el convencimiento de que profundizando aún más el diálogo
vamos a lograr más y mejores conquistas